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AYUDAS PARA APOYAR INICIATIVAS DE EMPRENDIMIENTO TR880A

BENEFICIARIOS

Personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, que se encuentren de alta e iniciasen su actividad económica desde el 1 de enero de 2022 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia

Requisitos:

  1. Tener el domicilio fiscal en Galicia.
  2. Figurar inscritas como tales en los correspondientes registros administrativos de la Comunidad Autónoma de Galicia.
  3. Haber presentado, en su caso, las cuentas anuales del último año en el Registro Mercantil o en el Registro de Cooperativas, según corresponda a su forma jurídica.4. Haber iniciado su actividad económica en el periodo que transcurre entre el 1 de enero de 2022 hasta la fecha de presentación de la solicitud.
  4. Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.
  5. Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  6. No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Serán subvencionables las inversiones realizadas y pagadas dentro del plazo de ejecución que abarca desde el 30/09/2023 hasta la fecha de solicitud de la subvención, en los siguientes conceptos:

  1. Equipamiento informático
  2. Activos intangibles
  3. Inversión en eficiencia energética
  4. Adquisición de bienes de equipo y mobiliario
  5. Reforma y rehabilitación de instalaciones del local de negocio
  6. Gastos notariales y/o registrales (máximo 300€)
  7. Gastos de alquiler de inmuebles para la realización de la actividad (máximo 600€/mes)

REQUISITOS:

  • Inversión mínima 5.000 €
  • No son subvencionables las facturas de importe inferior a 300€ + IVA.

EXCLUSIONES:

  • La mera adquisición de las acciones de una empresa
  • Teléfonos móviles y smartphones
  • La adquisición de bienes y servicios que puedan ser considerados como mercancía por la cual la empresa obtenga beneficios según su actividad

PLAZO DE EJECUCIÓN

• Desde el 30 de septiembre de 2023 hasta la fecha de la presentación de la solicitud

PLAZO DE PRESENTACIÓN

• Desde el 12 de febrero hasta el 28 de junio de 2024 (o agotamiento del crédito).

CUANTÍA DE LA AYUDA

• Inversiones de 5.000 € o más hasta un límite de 10.000 €, la cuantía de la ayuda será del 60 % de la inversión

• Inversiones de 10.001 € o más hasta un límite de 30.000 €, la cuantía de la ayuda será del 50 % de la inversión

• Inversiones de 30.001 € o más hasta un límite de 50.000 €, la cuantía de la ayuda será del 40 % de la inversión

• Inversiones de 50.001 € o más hasta un límite de 100.000 €, la cuantía de la ayuda será del 30 % de la inversión

https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?langId=es_ES&codtram=TR880A